Informe de Auditoría DA-23-07 Oficina del Gobernador
La Contraloría de Puerto Rico emitió una opinión cualificada de las operaciones fiscales de la Oficina del Gobernador (OG). Una opinión cualificada se emite cuando los incumplimientos individuales o en conjunto son significativos, pero no generalizados.
El Informe revela que la Oficina del Gobernador pagó el arrendamiento de un local sin haber formalizado un contrato escrito en varios periodos del 2013 al 2018. La OG pagó $54,331 en periodos no consecutivos entre el 2013 y 2016, y $34,531 del 2017 y 2018 por un inmueble de 2,616 pies cuadrados que se utilizó como almacén. Esta situación contraria a la ley y reglamentación aplicable, causó el pago indebido de $90,862 ya que, ante la ausencia de contratos escritos, no había obligación de pagar el arrendamiento.
La auditoría de un hallazgo señala que el director de Finanzas aprobó pagos en exceso por $174, a lo pactado en uno de los contratos formalizados del 2 de septiembre del 2014 al 30 de junio de 2015. Esta situación constituye una infracción a las disposiciones legales que regulan el uso adecuado de los fondos públicos.
El Informe publica cuatro comentarios especiales sobre deficiencias de controles internos en las operaciones de la Oficina del Gobernador.
Los auditores detectaron que la OG pagó $313,807 por el arrendamiento de 14 vehículos sin contar con un contrato escrito que estableciera de forma clara y precisa las obligaciones entre las partes y que el mismo se hubiese registrado en la Oficina del Contralor. Los contratos con ocho de los vehículos eran entre el proveedor y el comité o partido durante el periodo eleccionario. Los restantes seis vehículos tenían una hoja de registro a nombre de la OG, pero esta no cumplía con los requisitos formales de contratación gubernamental.
Uno de los vehículos se le asignó al representante del gobernador ante la Junta de Supervisión Fiscal, a pesar de este ser miembro ex officio de la Junta. Esta acción es contraria a las leyes y reglamentos aplicables ya que la asignación de vehículos está limitada a ciertos funcionarios públicos.
La Administración de Servicios Generales (ASG) tiene bajo su jurisdicción, la administración de todos los vehículos de motor que sean utilizados por la Rama Ejecutiva. El Reglamento de Adquisición de la Administración de Servicios Generales de 1986, prohíbe el arrendamiento de los vehículos de motor en exceso de los 90 días.
El examen indicó que las cuatro solicitudes de dispensas que solicitó la OG a la ASG, se solicitaron después de arrendar los vehículos. Los administradores en funciones de la ASG aprobaron las dispensas de la OG a sabiendas de que no cumplían con las leyes y reglamentos de la propia ASG ya que el arrendamiento era continuo y lo que procedía era realizar una subasta pública. La OG tampoco contaba con la dispensa de la ASG para contratar fuera del Registro Único de Licitadores (RUL).
La auditoría desvela que una funcionaria que nunca juramentó el cargo, ocupó el puesto de ayudante del gobernador desde el 1 de julio al 16 de agosto de 2019, a la vez que tenía un contrato vigente con el Fondo de Innovación para el Desarrollo Agrícola (FIDA). Además, la funcionaria mientras estaba en el puesto como directora de la Oficina de la Primera Dama, formalizó un contrato con el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) efectivo el 1 de agosto de 2019.
La empleada no cumplió con la prohibición de doble compensación ya que mientras devengaba $9,000 mensuales como funcionaria, facturó $8,887 al FIDA y al DCR por servicios prestados durante el mismo periodo en el cargo. Esta situación contraria al Código Político se debió a que el administrador y el director de Recursos Humanos no se aseguraron de que, al ocupar el puesto, no tuviera contratos con otras entidades gubernamentales. El Informe cubre el periodo del 1 de enero de 2013 al 31 de enero de 2019.
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