Informe de Auditoría M-21-07, Municipio de Adjuntas
La Contraloría de Puerto Rico emitió una opinión adversa sobre las operaciones fiscales del Municipio de Adjuntas. Las pruebas efectuadas y la evidencia en poder de la Oficina del Contralor revelaron que las operaciones relacionadas con la adquisición de paquetes vacacionales para viajes estudiantiles, no se realizaron de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables.
La auditoría revela que, para el viaje realizado a España, Portugal y Marruecos en el 2013, el alcalde y la directora de Recursos Humanos certificaron, que habían participado del viaje junto a nueve estudiantes y que ninguno había cancelado su participación. Sin embargo, nuestros auditores hallaron que uno de los estudiantes incluidos como participante en el Informe de Viaje de 2013, y en una certificación adicional del alcalde en el 2017, denominado como estudiante B, en realidad no había participado.
Al respecto en el 2017, el mismo estudiante B y dos estudiantes participantes, declararon que el estudiante B no había participado del viaje. La directora de Recursos Humanos, también declaró a los auditores de la Contraloría, que el estudiante B no había participado en el viaje y que tampoco se había nombrado un participante sustituto.
Esta situación pudo haber configurado, delitos de falsedad ideológica, archivo de documentos o datos falsos, y posesión y traspaso de documentos falsificados. Las actuaciones del alcalde y de la directora de Recursos Humanos, pueden estar sujetas a las penalidades y sanciones establecidas en la Ley 1-2012 de Ética Gubernamental. Esta situación se remitió a la consideración de la secretaria de Justicia y al director ejecutivo de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico, el 12 de noviembre de 2019.
El Informe también revela en un Comentario Especial, que el presidente de la agencia de viajes, solicitó a la aerolínea que sustituyera el nombre del estudiante B por el de su esposa. Con esta acción fraudulenta y con la ayuda del Mayorista, el presidente de la agencia sufragó el gasto de viaje de su esposa, con fondos municipales por $5,280.
La agencia le había indicado al alcalde que no podía rembolsar el costo de la cancelación de la reservación del estudiante B, que el Municipio le había solicitado por fax. Tampoco la agencia le informó al Municipio su derecho a sustituir al estudiante B por otro.
Esta situación también se remitió a la secretaria de Justicia el 12 de noviembre de 2019 para la acción correspondiente.
La auditoría de un hallazgo señala que no se encontró la evidencia de los boletos aéreos (boarding pass), ni de las reservaciones de hoteles de los participantes. Además, el Municipio no obtuvo cotizaciones de al menos tres proveedores representativos del mercado, sino que el alcalde solicitó por teléfono las cotizaciones a la misma agencia a la que le adjudicaron la compra.
A estas deficiencias en el Programa Municipal de Incentivos de Intercambio Cultural se suma, que Adjuntas no había establecido los requisitos para seleccionar a los estudiantes participantes y los gastos que cubre, a pesar de las disposiciones de la Ordenanza 12 del 2009. Esta situación propicia que el Municipio no aplique normas uniformes en la selección de los participantes, ni los controles para justificar los gastos.
El Informe recomienda, entre otras, a la directora de la Oficina de Gerencia y Presupuesto que se asegure que el Municipio cumpla con el Plan de Acción Correctiva establecido por la Oficina del Contralor.
Este segundo y último informe de Adjuntas, cubre el periodo del 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2016.
Vea el Informe de Auditoría M-21-07.
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