Informe de Auditoría DA-19-04, Departamento de la Familia, Administración para el Sustento de Menores.
La Contraloría de Puerto Rico emite una opinión cualificada sobre las operaciones fiscales del Programa de Sustento de Menores del Departamento de la Familia. Una opinión cualificada se emite cuando los incumplimientos individuales o en conjunto son significativos pero no generalizados.
El Informe revela que en los estados bancarios en donde se depositan los pagos de pensiones alimentarias del 1 de enero de 2013 al 31 de marzo de 2017, hay un balance que fluctúa entre $36 millones a $56 millones y que ASUME desconoce la naturaleza de las partidas que componen ese dinero. Dicho balance es el que registra el estado, luego de las transferencias de depósito de las pensiones alimentarias al padre custodio. La Administradora Auxiliar II certificó y la Administradora confirmó, que no se ha podido determinar la composición de dicha cuenta.
Esta situación contraria a la Ley Núm. 5 de 1986, ley Orgánica de la Administración para el Sustento de Menores, impide mantener un control efectivo de las operaciones relacionadas con los fondos de pensiones alimentarias y que se tomen las acciones oportunas para la distribución de los fondos. Además, el no realizar conciliaciones bancarias de las cuentas de depósito y de desembolsos ni contar con subsidiarios o registros internos, propició que se mantuviera un balance en la cuenta sin que se conozcan las partidas, los importes y a quien pertenecen esos fondos.
La auditoría de tres hallazgos señala que se utilizaron $78,011 del Fondo Especial para Servicios y Representación de Casos de Sustento de Menores para gastos no relacionados ni permitidos en la Ley Num. 5. Esta situación en particular se refiere a la Secretaria de Justicia para su consideración y que tome las medidas que correspondan. Por ejemplo, se pagaron servicios profesionales, arreglos mecánicos, cuenta de energía eléctrica y otros, con el Fondo Especial creado para otros fines como la representación legal, localización de las personas obligadas a proveer alimentos, pago de gastos incurridos en los recaudos y distribución de las pensiones alimentarias, entre otros. El Informe comenta al respecto que la ASUME no cuenta con normas y reglamentos que regulen las operaciones relacionadas del Fondo Especial.
El Informe indica también que el Manual de Normas y Procedimientos para el manejo de los casos de pensiones alimentarias que se utiliza desde el 2011, no había sido aprobado ni revisado por los administradores de la ASUME ni por los secretarios de la Familia en funciones.
El Informe cubre el periodo del 1 de julio de 2013 al 30 de junio de 2017 .
Vea el Informe de Auditoría DA-19-04.
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