Informe de Auditoría DA-23-08 de la Cámara de Representantes de Puerto Rico
La Contraloría de Puerto Rico emitió una opinión cualificada de las operaciones fiscales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico. Una opinión cualificada se emite cuando los incumplimientos individuales o en conjunto son significativos, pero no generalizados.
El Informe revela que nueve de los 17 oficiales de la escolta de los entonces presidentes de la Cámara de Representantes desde el 2013 hasta el 2018, recibieron los beneficios de plan médico y seguro de vida de forma simultánea de la Cámara y del Negociado de la Policía. Esta situación de compensación extraordinaria, contraria al Código Político de Puerto Rico, tuvo el efecto de que se realizaron pagos indebidos que sumaron $76,355. Además, dos de los 17 oficiales que habían renunciado como escoltas en el 2014 y 2018, continuaron recibiendo estos beneficios. El informe recomienda a la Cámara acciones de recobro.
La auditoría de tres hallazgos señala que cuatro empleados, en puestos de supervisión, recibieron salarios indebidos por $62,686, por la acumulación de tiempo compensatorio, sin derecho a ello. Esta situación es contraria a la Orden Administrativa 2005-27 que establece que la categoría de empleados de confianza, no tienen derecho a tiempo compensatorio.
Los auditores hallaron que, al 30 de noviembre de 2020, la Cámara de Representantes, no había actualizado la Orden Administrativa 2005-27, no contaba con normas para regir las operaciones de nómina, y carecía de un reglamento para regular los auspicios y donativos. Estas situaciones no permiten ejercer un control adecuado sobre la asistencia del personal administrativo ni sobre la otorgación de donativos. El personal de Capital Humano, tampoco cuenta con procedimientos guías para realizar sus funciones de manera uniforme, efectiva y eficiente.
El Informe comenta que el Negociado de la Policía pagó $876,138 por concepto de horas extras a 17 oficiales que prestaron servicios de escolta a los presidentes de la Cámara, desde el 1 de enero de 2013 al 30 de septiembre de 2017. De acuerdo con la Ley de la Policía, las horas extras, dietas, transportación y alojamiento del servicio de escolta, debe ser pagado por la entidad que solicita el servicio.
La auditoría también comenta que la Cámara de Representantes no ha actualizado el Plan de Clasificación y Retribución del 1998 y no pudo localizar los documentos de las secciones sobre especificaciones de clases y escalas salariales del Plan. Esta situación propicia variaciones en las compensaciones, irregularidades, favoritismos, y no favorece que se puedan llevar a cabo acciones de personal de manera uniforme, eficiente y efectiva. Este tercer y último informe de la Cámara de Representantes, cubre el periodo del 1 de enero de 2013 al 30 de noviembre de 2020.
Vea el informe de Auditoría DA-23-08.
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