Informe semanal Noticontralor News del 6 al 10 de febrero de 2023
¡Saludos!
Esta semana, publicamos dos informes de auditoría correspondientes al Municipio de Guayama y a la Oficina del Gobernador. Además, publicamos dos cartas circulares sobre los reglamentos que deben aprobar los municipios y sobre las fechas límites que tienen todas las entidades para remitir a la Oficina del Contralor los informes mensuales del Registro de Puestos.
El Informe de Guayama reveló que el Municipio no se aseguró de obtener los certificados de labor realizada por los contratistas de los 25 acondicionadores de aire instalados entre el 2018 al 2020.
Además, el Municipio mantuvo en destaque por 10 años a dos empleadas en otras entidades, sin que se haya formalizado ningún acuerdo escrito según disponen las leyes y la reglamentación vigente.
Por otro lado, la Contraloría reveló deficiencias en las operaciones fiscales de la Oficina del Gobernador en el informe que cubre desde el 2013 al 2019. Por ejemplo, la Oficina del Gobernador pagó $90 mil dólares por el arrendamiento de un local en varios periodos del 2013 al 2018, sin que se haya formalizado un contrato escrito.
Además, la auditoría comenta que se pagaron $313 mil dólares por el alquiler de 14 vehículos sin contar tampoco con un contrato escrito. De estos, ocho vehículos eran contratos del comité y partido durante el periodo eleccionario por lo cual, a raíz de la auditoría del Contralor Electoral, el comité devolvió $229 mil a Hacienda.
El Informe también comenta que una ayudante que nunca juramentó el cargo como funcionaria, tenía a su vez dos contratos con entidades del gobierno, contrario a la prohibición legal de doble compensación.
Por otra parte, la Contraloría notificó, mediante carta circular, las fechas límites en el 2023 para que todas las entidades del Gobierno, sin excepción, remitan a la Oficina del Contralor, los informes mensuales de nómina y de puestos de cada entidad. Para el envío del informe del mes de enero, las entidades tienen como fecha límite el 3 de marzo.
En la Carta Circular OC-23-28, se informa que los municipios deben aprobar unos reglamentos, que son requeridos por la Ley 107-2020, Código Municipal del Puerto Rico, el Reglamento para la Administración Municipal de 2016 y otras disposiciones relacionadas.
Esta carta circular enumera 29 asuntos que deben reglamentar, con el propósito de tener actualizadas las normas que regulan los procedimientos, las prácticas administrativas municipales y para mantener una estructura de control efectiva.
Le recordamos que los informes de auditoría de la Oficina del Contralor, Cartas Circulares y otros documentos, están disponibles en nuestro portal www.ocpr.gov.pr
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Contraloría a sus órdenes…